viernes, 9 mayo 2025
Por: Miguel Angel Trujillo
El Consejo de Estado de Colombia confirmó que el presidente puede hacer públicas las sesiones del Consejo de Ministros, respetando la confidencialidad de ciertos temas.
El Consejo de Estado de Colombia ha resuelto una controversia legal sobre la posibilidad de que el presidente transmita en vivo las sesiones del Consejo de Ministros. Esta decisión surge tras una demanda que argumentaba que las transmisiones violaban la ley que dicta la reserva de estas reuniones, específicamente el artículo 9 de la Ley 63 de 1923.
La alta corte indicó que es prerrogativa del presidente determinar cómo se llevan a cabo estas sesiones. “La ley es clara al indicar que es el jefe de Estado quien determina, en cada caso, la modalidad del desarrollo de las sesiones, los temas a abordar y la naturaleza de la información que se transmitirá públicamente”, señaló el fallo. Además, el Consejo de Estado destacó que la normativa no exige una confidencialidad absoluta y permite la divulgación de ciertos aspectos.
El fallo responde directamente a las acciones del presidente Gustavo Petro, quien ha utilizado las transmisiones de los consejos para educar y comunicar decisiones importantes a la ciudadanía. El Consejo de Estado reafirmó que, aunque ciertos temas deben mantenerse en reserva, esto no prohíbe compartir información de interés público.
Este dictamen no solo pone fin al debate legal, sino que también establece un precedente sobre cómo el ejecutivo puede interactuar con el público en la era digital, fortaleciendo la transparencia y la comunicación directa. La decisión del Consejo de Estado es un respaldo significativo a la política de apertura del gobierno actual y subraya la importancia de la responsabilidad en la gestión de la información confidencial.
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